Engañoso: ¿Fiscales del Ministerio Público fueron citados por la CPI por irregularidades en la citación a miembros de la CNdP?

El caso de Casal, Camero y Adbul-Hadi —junto con otros casos de persecución política— fue radicado ante la CPI, pero el organismo todavía no se ha pronunciado al respecto

Circula en servicios de mensajería, Facebook y X diferentes mensajes que indican que la Corte Penal Internacional (CPI) habría citado a los fiscales del Ministerio Público que firmaron la citación contra Jesús María Casal, Mildred Camero y Roberto Adbul-Hadi miembros de la Comisión Nacional de Primarias (CNdP) por el supuesto fraude en las primarias de la oposición.

La investigación de Cazadores de Fake News determinó que la información es engañosa porque, si bien el caso de persecución política contra la CNdP fue radicado ante la CPI el pasado domingo, no se espera pronunciamiento de este organismo hasta las audiencias del 7 y 8 de noviembre. Adicionalmente, circula un video descontextualizado de una “visita sorpresa” del fiscal Khan que realmente sucedió en junio del 2023.

Los diferentes mensajes que se están compartiendo afirman que los fiscales Jean Karim López y Jorman Flores fueron citados por la Corte Penal Internacional (CPI) por violaciones al Estatuto de Roma.

“SE VOLTEÓ LA TORTA! Fiscales citados por la CPI por irregularidades en citación a Casal y Camero. En un giro legal sorprendente, se encuentran ahora bajo el escrutinio de la Corte Penal Internacional, por presuntas violaciones a los Estatutos de Roma”.

Uno de los textos del bulo

El 28 de octubre de 2023, el fiscal general de la República, Tarek Wiliam Saab, anunció que fiscalía habría citado a tres de los organizadores de las primarias opositoras del 22 de octubre, para que declaren en calidad de “investigados”, luego de las denuncias de supuesto fraude cometido en estas elecciones según el gobierno de Maduro.

“El funcionario chavista dijo, a través de la red social X, que deberán comparecer ante investigadores especializados en legitimación de capitales los ciudadanos Jesús María Casal, Mildred Camero y Roberto Adbul-Hadi, presidente, vicepresidenta y miembro suplente de la Comisión Nacional de Primaria (CNP), respectivamente, que organizaron la contienda sin ayuda del Consejo Nacional Electoral (CNE)”.

Infobae

La denuncia ante la CPI

En respuesta a esta acción, el lunes 30 de octubre de 2023, Orlando Viera-Blanco, ex embajador de Venezuela ante Canadá, explicó que radicaron ante la CPI un informe de crímenes de lesa humanidad —específicamente “persecución política”—cometidos contra miembros del Gobierno Interino y contra la directiva de la Comisión Nacional de Primaria (CNdP).

“Recientemente quien funge como representante de MP en Vzla hizo graves señalamientos contra funcionarios del G.I, PDVSA AD Hoc, Citgo más Cuerpo Diplomático, activando investigaciones criminales, sobre la base de falsos supuestos, ardid y hechos que no revisten carácter penal. Igual comportamiento registran representantes de Estado Venezolano contra la Comisión Nacional de Primaria, acusando falsamente de usurpación de funciones, suplantación de identidad, fraude y asociación para delinquir a la directiva de la Comisión de Primaria y organizadores”.

Orlando Viera-Blanco en X

El caso radicado ante la CPI expone presunta persecución política

Para el especialista en derecho procesal, Zair Mundaray, existen irregularidades procesales en la citación del Ministerio Público contra Jesús María Casal, Mildred Camero y Roberto Adbul-Hadi, presidente, vicepresidenta y miembro suplente de la CNdP, respectivamente, en cualidad de “investigados”, una categoría que no existe en el Código Orgánico Procesal Penal, según reseña un artículo de Versión Final.

“Como vemos, ‘el Investigado’ no es una categoría dentro del catálogo de sujetos Procesales. Para evitar esa ambigüedad y brindar seguridad jurídica a los imputados, en marzo de 2008 se dictó una circular vinculante a los fiscales en la que se les ordena que solo pueden citar indicando si el citado es TESTIGO, VÍCTIMA, EXPERTO O IMPUTADO. No sé permite citar con cualidades indeterminadas o inexistentes en el COPP.  Esa circular es un avance en materia de Derecho a la Defensa y Debido Proceso, cualquier otra instrucción es regresiva”.

Zair Mundaray, abogado

Otra de las irregularidades mencionadas por Mundaray es que los miembros de la Comisión Nacional de Primaria fueron citados “a rendir declaración” y que, en caso de ser imputados, el deber del Ministerio Público es informarles de los delitos que se le imputan para que decida si declara o no. 

“En caso de ser imputados el deber de información es del Ministerio Público, que debe explicar los hechos que estima como delito, la adecuación típica y los elementos de convicción que lo soportan, más el razonamiento de probabilidad objetiva de responsabilidad, conforme al artículo 126-A del COPP”.

Versión Final

En caso de los delitos imputados a los directivos de la CNdP, José Vicente Haro, abogado especialista en derecho constitucional, administrativo y Ciencia Política explicó a Versión final por qué no aplican las precalificaciones de los delitos mencionados en la citación.

“Conforme al artículo 293 de la Constitución venezolana, el CNE no tiene en lo absoluto la facultad, potestad o competencia ‘exclusiva’ de organizar procesos de elecciones ‘primarias’ o ‘internas’ que decidan conducir factores políticos y de la sociedad civil (…) El CNE conforme a la Constitución de Venezuela “sólo” tiene la facultad “exclusiva” para convocar y organizar los procesos electorales para la elección propiamente dicha de cargos de elección popular, como: elección del Presidente, diputados, alcaldes y gobernadores”. 

José Vicente Haro

En ese mismo orden de ideas, los procesos de elecciones primarias tampoco deben obligatoriamente ser “automatizados”; por lo que no se puede considerar como un hecho que revista carácter penal, o como un “supuesto delito de usurpación de funciones”, la gestión, organización y conducción de las primarias por la CNdP, porque NO usurpó funciones constitucionales o legales del CNE 

La audiencia

Sin embargo, hasta el momento, la CPI no se ha pronunciado sobre el presunto caso de persecución política en contra de los integrantes de la CNdP y el gobierno interino.

Para los próximos 7 y 8 de noviembre están pautadas unas audiencias en las que participarán representantes del Estado, de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), de la Oficina de la Defensoría Pública de las Víctimas del mismo juzgado (OPCV, por sus siglas en inglés) e incluso las víctimas venezolanas que así lo soliciten, para discutir los cinco supuestos errores —según el gobierno de Venezuela— en los que incurrió la Sala de Cuestiones Preliminares al autorizar a Khan a reanudar sus averiguaciones.

“En la segunda sesión se abordarán los presuntos vicios relacionados con el contexto de los crímenes investigados, así como la solicitud de investigar situaciones no previstas en el ordenamiento jurídico venezolano, como lo es el delito de persecución, uno de los crímenes de lesa humanidad previstos en el Estatuto de Roma”.

Acceso a la justicia

¿Visita sorpresa Karim Khan?

Algunas versiones del bulo incluyen un video en el que se ve al fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, caminando y reunido con la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia  (TSJ), Gladys Gutiérrez, en el que sugieren una “visita sorpresa” del fiscal para tratar asuntos relacionados con la inhabilitación política de María Corina Machado y la liberación de presos políticos con la magistrada.

Tanto las imágenes como la información de este encuentro corresponden a la tercera y más reciente visita de Khan a Venezuela el pasado 8 de junio, en la que se reunió con Nicolás Maduro, Delcy Rodríguez, Tarek Wiliam Saab y Gladys Gutiérrez. La visita no fue anunciada y se dio a conocer luego de la reunión con el primer mandatario nacional.

Según un comunicado del TSJ, la reunión entre Khan y Gutiérrez estuvo orientada a informar “los logros obtenidos y la gestión realizada por el Poder Judicial de Venezuela para garantizar la tutela judicial efectiva, el debido proceso y la celeridad procesal, en el marco del Estado democrático y social de derecho y de justicia establecido en la Carta Magna”, pero no se dieron detalles de los planes del gobierno en esta materia.

Hasta la publicación de este artículo, existe un informe radicado ante la Corte Penal Internacional que incluye a los fiscales que firmaron la citación contra la directiva de la Comisión Nacional de Primaria por la comisión del crimen de “persecución política” que no está contemplado en la Constitución Nacional de Venezuela pero sí en el Estatuto de Roma, por lo que es uno de los temas que se abordarán en las audiencias pautadas para el 7 y 8 de noviembre próximos.


Cazadores de Fake News investiga a detalle cada caso, mediante la búsqueda y el hallazgo de evidencias forenses digitales en fuentes abiertas. En algunos casos, se usan datos no disponibles en fuentes abiertas con el objetivo de reorientar las investigaciones o recolectar más evidencias.

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